Sociedad

Empleadas del hogar: nuevos salarios por hora en agosto tras ajuste salarial

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Aumentos salariales para trabajadoras del hogar

La Comisión de Trabajadoras de Casas Particulares ha implementado ajustes en los salarios mínimos tanto por hora como mensualmente para el personal doméstico, los cuales estarán vigentes desde agosto hasta diciembre. A partir de este mes, se establecerán incrementos sucesivos cada mes.

Para agosto, se anunció un aumento del 1,9%, además de una compensación única no remunerativa de $ 20.000 para quienes trabajen más de 16 horas semanales. En adición, se determinó un pago de $ 11.500 para quienes realicen trabajos de 12 a 16 horas semanales, y de $ 8.000 para quienes laboren menos de 12 horas semanales.

El sindicato ha comunicado las nuevas tarifas salariales a partir de este mes para las cinco categorías existentes, abarcando desde el personal de tareas generales hasta niñeras, cocineras y cuidadoras. Si un trabajador desempeña múltiples funciones, deberá percibir el salario correspondiente a la actividad con mejor remuneración.

Salarios por hora para cada categoría en agosto de 2026

Tareas generales (Quinta categoría)

  • Por hora: $ 3.804,66 (con retiro) y $ 4.072,38 (sin retiro).
  • Por mes: $ 466.756,20 (con retiro) y $ 514.903,50 (sin retiro).

Niñeras y cuidadoras (Cuarta categoría)

  • Por hora: $ 4.072,38 (con retiro) y $ 4.520,14 (sin retiro).
  • Por mes: $ 514.903,50 (con retiro) y $ 569.593,40 (sin retiro).

Cocineras y personal para tareas específicas (Segunda categoría)

  • Por hora: $ 4.303,49 (con retiro) y $ 4.684,53 (sin retiro).
  • Por mes: $ 526.829,50 (con retiro) y $ 582.283,20 (sin retiro).

Caseros (Tercera categoría)

  • Por hora: $ 4.072,38.
  • Por mes: $ 514.903,51.

Supervisoras (Primera categoría)

  • Por hora: $ 4.523,11 (con retiro) y $ 4.920,88 (sin retiro).
  • Por mes: $ 564.246,70 (con retiro) y $ 624.313,90 (sin retiro).

Antigüedad y pago mensual

El personal que trabaja en casas particulares tiene derecho a un extra por antigüedad, que equivale al 1% de su salario mensual por cada año de servicio, el cual se computa desde septiembre de 2021. Esto implica que, aunque una persona tenga más años de trabajo, solo se considera este porcentaje desde la fecha de referencia.

Adicionalmente, el salario debe ser liquidado mensualmente para aquellos empleados que trabajan 24 horas o más por semana para el mismo empleador, en proporción a las horas efectivamente trabajadas. En caso de laborar menos de 24 horas a la semana, se pagará por hora.

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