Política

Reforma laboral de Milei enfrenta obstáculos judiciales: se suspenden artículos clave

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Revés judicial para la reforma laboral

La reforma laboral propuesta por el gobierno de Javier Milei ha sufrido un revés significativo tras una reciente decisión del sistema judicial. El juez federal Martín Cormick accedió a una medida cautelar presentada por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), suspendiendo así dos artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

Detalles de la suspensión judicial

Dicha suspensión afecta a los artículos 10 y 56 de esta normativa, los cuales están relacionados con la responsabilidad de los abogados en juicios laborales y las condiciones de pago de las sentencias, así como de los honorarios profesionales. La decisión será efectiva hasta que se tome una resolución definitiva en el caso, o por un máximo de tres meses.

El fallo destaca que la medida no implica una declaración de inconstitucionalidad, sino que mantiene en suspenso las disposiciones en cuestión mientras se adelanta el proceso judicial. En el mismo, se menciona:

“Ante la falta de distinción de la ley, se genera una situación de incertidumbre pues obliga a interpretar y/o dilucidar si los honorarios están incluidos en dicha autorización legal, toda vez que, si bien no son capital de condena, sí integran las costas del proceso y están dentro de la sentencia.”

Implicaciones de los cambios normativos

La objeción presentada por el CPACF señala que los cambios introducidos pueden impactar negativamente en el ejercicio profesional, así como en el derecho de defensa y el acceso a la justicia. La entidad argumenta que estas nuevas normativas generan riesgos patrimoniales para los abogados laboralistas y alteran las condiciones de cobro de sus honorarios.

  • El artículo 10 de la Ley 27.802 reformó el artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo, que se refería a la gratuidad de los procedimientos laborales.
  • Se incluyó un criterio objetivo para determinar la existencia de una “pluspetición inexcusable”, lo que permitiría que las costas del proceso fueran impuestas al trabajador y al profesional que inició la demanda.

En su resolución, el juez señaló que esta modificación carece de claridad y genera confusión tanto para abogados como para trabajadores. Adicionalmente, subrayó que determinar la responsabilidad por pluspetición requiere un análisis más detallado de cada caso específico.

Restablecimiento de la normativa anterior

Con la suspensión de la nueva normativa, se reestablece de forma temporal la versión anterior del artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo, que contemplaba responsabilidad solidaria por pluspetición inexcusable sin el nuevo criterio objetivo. Asimismo, el fallo suspendió el artículo 56 y aplicará las previsiones de la Ley 27.423 en relación con los cobros y la percepción de los honorarios regulados.

No obstante, esta cautelar no resuelve la cuestión de fondo del caso. El magistrado evidencia que se han dado las condiciones para otorgar esta tutela cautelar, en particular por la incertidumbre generada por el artículo 10 y las consecuencias que podrían tener las reformas postuladas sobre los honorarios profesionales. La acción de amparo fue presentada por el CPACF contra el Estado Nacional, con el objetivo de que se declare la inconstitucionalidad de los artículos en cuestión, un asunto que aún está por resolverse en el proceso judicial.

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