Fallo judicial a favor de un jubilado
La Justicia de Viedma ha dictado una resolución a favor de un jubilado de la Policía Federal, quien había solicitado cesar el pago de la cuota alimentaria a sus hijos, quienes tienen 26, 27 y 37 años. Este pedido fue presentado en noviembre y respaldado por las partidas de nacimiento correspondientes.
Detalles del fallo
La jueza del caso corroboró que los tres hijos habían superado “ampliamente” la edad estipulada por la legislación para la vigencia de la obligación alimentaria. Según la sentencia emitida el pasado viernes, la responsabilidad de proporcionar alimentos finaliza automáticamente al llegar a la mayoría de edad, a menos que se presenten situaciones excepcionales que deban ser justificadas.
Requerimientos legales
- El jubilado presentó las partidas de nacimiento y formalizó su solicitud para finalizar con la obligación de pago.
- A pesar de que existe una normativa que establece que la finalización de la obligación no es automática, este caso siguió el procedimiento pertinente.
Justificación del jubilado
El jubilado argumentó que la autonomía alcanzada por sus hijos hacía innecesaria la continuación del régimen de pagos alimentarios. Esta postura llevó al tribunal de Viedma a aceptar su requerimiento, ordenando la suspensión inmediata del cobro de la cuota alimentaria.
Repercusiones de la decisión
Además, el tribunal ordenó notificar a la persona que recibía los pagos y emitir un oficio a la Caja de Retiros de la Policía Federal para cancelar la retención mensual. Con esta resolución, la Justicia ha reafirmado que las contribuciones alimentarias a hijos mayores sólo se mantienen en presencia de circunstancias excepcionales, lo cual no se dio en este caso. Para el jubilado, este fallo marca el fin de una obligación que había mantenido durante años.




















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