Propuesta de desalojo exprés en el Senado
El Senado ha dado un paso adelante con la aprobación inicial del proyecto de ley que busca fortalecer la inviolabilidad de la propiedad privada. Esta nueva normativa modifica las disposiciones actuales que rigen los desalojos tanto de inmuebles urbanos como rurales. Según los funcionarios del Gobierno, la ley tiene como objetivo acelerar los procesos judiciales para recuperar propiedades ocupadas de manera ilegal o ante incumplimientos contractuales, al tiempo que se protege a las personas en situaciones vulnerables.
Aspectos destacados de la iniciativa
- Se implementará un procedimiento sumarísimo para agilizar los desalojos.
- Se permitirá la restitución anticipada del inmueble si se demuestra la verosimilitud del derecho.
- Se dotará a los propietarios de mejores herramientas para desalojar ocupaciones ilegales.
- Las notificaciones y diligencias judiciales se simplificarán.
- Se incluirá un proceso especial para casos de falta de pago y vencimiento de contrato.
- Se mantendrá la protección para menores, personas con discapacidad y adultos mayores, que serán asistidos por organismos competentes sin que esto detenga el procedimiento judicial.
Según el abogado Eduardo Bonis, los desalojos se llevarán a cabo a través de juicios sumarísimos, lo que significa que el proceso podría completarse en un plazo de dos meses o menos. Cualquiera que tenga un derecho o interés legítimo podrá solicitar el desalojo, lo cual incluye a inquilinos, subinquilinos y ocupantes no autorizados.
Condiciones para el desalojo
Cuando el desalojo se justifique por falta de pago, el propietario podrá solicitar la desocupación inmediata del inmueble bajo cláusulas específicas. Previas a esta acción, debe otorgar al inquilino un plazo mínimo de 10 días para regularizar la deuda. Esta notificación será válida incluso si el inquilino se niega a recibirla.
Si el inquilino no cumple con el plazo estipulado, deberá devolver el inmueble, mientras que el propietario estará obligado a iniciar el juicio correspondiente. Esto implica que el proceso de desalojo se anticipa al procedimiento judicial formal. En caso de que la Justicia determine que el desalojo fue injustificado, el inquilino tendrá derecho a recibir una indemnización.
Aspectos administrativos y judiciales del proceso
El propietario no podrá rechazar la entrega de llaves del inmueble, aunque podrá reclamar deudas pendientes. Si se niega a recibir las llaves, el inquilino podrá optar por realizar una consignación judicial, y los costos de este trámite serán asumidos por el propietario. A partir de la notificación de entrega de llaves, cesarán las obligaciones de alquiler.
Cuando el desalojo se inicie por razones como daños o uso indebido, el juez deberá llevar a cabo una inspección judicial en un plazo de 72 horas, con la asistencia de un defensor oficial para identificar a los ocupantes. Además, en situaciones que involucren a personas vulnerables, el juez deberá garantizar un plazo de hasta 10 días para encontrar una solución habitacional temporal antes de proceder con el desalojo.



















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