Nueva regulación laboral que permite el blanqueo de trabajadores informales
La reciente reforma laboral, aprobada la semana pasada, ha establecido la posibilidad de regularizar a trabajadores que actualmente se encuentran en situación de informalidad. Los empleadores del sector privado podrán regularizar las relaciones laborales que se hayan iniciado antes de la promulgación de esta nueva legislación, a cambio de recibir beneficios como la exención parcial o total de la deuda acumulada, que incluye tanto capital como intereses, así como sanciones.
Esta regularización tendrá un plazo de 180 días y permitirá incluir tanto relaciones laborales que no estén registradas como aquellas que estén mal registradas. Sin embargo, se espera que esta medida tenga un impacto más significativo que la anterior ley Bases (N° 27.742), que contaba con un plazo de 90 días y logró que menos de 2.000 empresas regularizaran a alrededor de 18.000 trabajadores, cifras que resultan extremadamente bajas frente a la amplia informalidad laboral que afecta al 42% de los asalariados en el país.
Impacto y beneficios para los empleadores
Desde el Gobierno se ha mencionado que es necesario un plazo más extenso para incentivar la regularización, considerando que la anterior ley había sido poco efectiva, ya que permitía a las empresas evitar multas por no regularizar sus trabajadores, lo que desincentivó el proceso. Aun así, los empleadores que decidan seguir el camino del blanqueo podrán acceder a varios beneficios, que incluyen:
- Extinción de acciones penales estipuladas en la Ley N° 27.430 y la condonación de infracciones y multas que pudieran derivarse de la regularización.
- Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) para violaciones cometidas hasta la entrada en vigencia de la nueva ley, siempre que se regularicen a todos los trabajadores anotados en dicho registro.
- Condonación de la deuda por concepto de aportes y contribuciones a la Seguridad Social, con porcentajes de condonación que no serán inferiores al 70% del total adeudado.
Los trabajadores que sean regularizados podrán contabilizar hasta 60 meses de servicios con aportes, que servirán para cumplir con los requisitos de jubilación. Sin embargo, es importante señalar que estos meses no se tomarán en cuenta para determinar el haber inicial de su pensión.
Consideraciones finales del proceso de regularización
El proceso de regularización deberá completarse en un plazo de 180 días corridos desde la publicación de la legislación. Además, las deudas disputadas en instancias administrativas o judiciales podrán ser incluidas en este blanqueo. La legislación especifica que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y las instituciones de la Seguridad Social no formularán ajustes o determinaciones de deuda relacionadas con estas relaciones laborales regularizadas.
Una cuestión que aún queda por resolver es si los cinco años de servicios regularizados contarán para el cálculo de la indemnización por despido. Aunque la ley no se pronuncia al respecto, se podría inferir que sí se tomarían en cuenta, aunque el reglamento del Poder Ejecutivo será determinante. Si el reglamento indica lo contrario, se anticipa un aumento en la litigiosidad laboral debido a que cualquier restricción no podría exceder lo estipulado en la ley original.




















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