Aumento del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias
Si la inflación de junio se sitúa en torno al 2%, el acumulado del primer semestre alcanzará entre 16,5% y 17%. Esto dará lugar a que el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias en la cuarta categoría se eleve a cerca de $2,9 millones netos para un trabajador soltero sin hijos. Esta modificación fue establecida en la última revisión realizada el año anterior, que incluyó un ajuste de escalas y deducciones en función de la inflación del semestre anterior.
Expectativas de inflación y ajuste del mínimo
Las consultoras privadas anticipan que la inflación de junio superará el 2%, tras haber registrado un 2,1% en mayo. Aunque se espera que esta cifra supere la marca del 2%, la suma acumulada desde enero apunta a un resultado cercano al 16,5%. Para el segundo semestre de 2025, se había registrado un acumulado del 14%, lo que determinó las escalas vigentes para el primer semestre de 2026.
Piso de Ganancias para la segunda mitad del año
En cuanto a los importes que se aplicarán en el nuevo período, el piso mensual para empezar a tributar se sitúa en $2.490.037,88 netos, lo que equivale a aproximadamente $3.000.046 brutos para personas sin cargas familiares. Con el ajuste, esta cifra bruta ascendería a cerca de $3,49 millones.
Posibles montos a partir de julio
Según las proyecciones, el nuevo piso de Ganancias podría ser el siguiente:
- Soltero sin hijos: Bruto: $3.495.000 – Neto: $2.900.000
- Casado sin hijos: Bruto: $4.062.000 – Neto: $3.371.000
- Casado con dos hijos: Bruto: $4.644.000 – Neto: $3.847.000
Restitución de descuentos y controles en deducciones
Dado que el Impuesto a las Ganancias es anual, existe la posibilidad de que algunos empleadores hayan realizado descuentos excesivos durante la primera fase. Según explicó Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, “el empleador realiza la restitución con la declaración anual en abril del año siguiente”.
Controles por parte de ARCA
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) está intensificando los controles sobre las deducciones que hacen los empleados en relación de dependencia, investigando exageraciones en los montos declarados. Algunos gastos comunes que los trabajadores pueden deducir incluyen los de cónyuge, hijos, hijos con discapacidad y alquileres.
Además, se admitirán gastos de vestimenta siempre que el empleado esté obligado a mantener una vestimenta específica a su cargo. Este rubro ha despertado suspicacias en ARCA, ya que se han dado casos de empleados de altos cargos que han declarado gastos de hasta $31 millones.



















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